jueves, 11 de junio de 2015

Lorca: Jódar explica el proceso de escrutinio tras el 24-M

         Bueno, supongo que sabréis todo el lío de escrutinios que se ha montado en Lorca tras las elecciones municipales. Hay un baile de votos que, a fecha de hoy, le ha asignado al PP el concejal número 13; algo que le permite mantener la mayoría absoluta.
         El alcalde en funciones, Francisco Jódar, ha convocado hoy a los medios para salir al paso de las acusaciones de pucherazo, falta de limpieza, caos, jueces comprados... que están apareciendo en algunos sitios.


         Siempre según su explicación, lo que ha sucedido en el proceso de Lorca ha sido algo perfectamente normal. Y ha expuesto lo siguiente:

         1. La noche del 24-M, tras cerrarse los colegios electorales, comenzaron los recuentos de votos. Además del escrutinio que hacen los miembros de las mesas, hay funcionarios de la delegación del Gobierno que hacen un recuento paralelo, oficioso -no oficial- y van transmitiendo los datos a través de un dispositivo informático, una PDA.

         2. Hubo dos mesas en Lorca -una en la diputación de Río, y otra en el colegio Sagrado Corazón- en las que, cuando apareció el funcionario con su PDA, resultó que los miembros de las mesas ya se habían llevado las actas a la Junta Electoral de Zona, por lo que esos resultados no se pudieron enviar a la delegación del Gobierno.

         3. La misma noche electoral, con un escrutinio próximo al 99%, desde la Junta Electoral de Zona se informó de los resultados... a falta de esas dos mesas lorquinas. De ahí que el PP ya saliera a celebrar la mayoría absoluta: 13 concejales, frente a 8 del PSOE, 3 de IU y 1 de Ciudadanos.

         4. Cuando llegaron los datos de esas dos mesas, la aplicación de la ley d'Hondt hizo que el PP perdiera su concejal número 13 en beneficio del PSOE, por sólo unas décimas.

         5. El miércoles 27, siguiendo los plazos legales, la Junta Electoral de Zona proclamó los resultados definitivos, manteniendo el resultado favorable al PSOE.

         6. Tras ver esos resultados, el PP quiso validar 11 votos nulos que ellos consideraban que se podían recuperar; por eso ejerció su derecho al recurso, ante la Junta Electoral de Zona.

         7. La Junta Electoral de Zona de Lorca seguía sin validar esos 11 votos, así que el PP apeló a la instancia superior: la Junta Electoral Central (Madrid); algo que también hizo el PSOE para recuperar otros votos. Jódar recalca, a este respecto, que dicha junta está compuesta, entre otros, por ocho magistrados del Tribunal Supremo.

         8. Con respecto a los 11 votos que quería salvar el PP, la Junta Electoral Central dictaminó lo siguiente:
         --había 1 voto con un árbol dibujado a lápiz sobre la papeleta = el voto siguió siendo nulo
         --había 1 voto con una rasgadura de 3-4 centímetros en la papeleta, de manera que quedaba rasgada parcialmente = el voto siguió siendo nulo
         --había 1 voto en el que había cuatro aspas (x) al lado de sendos nombres, marcándolos pero no tachándolos = el voto siguió siendo nulo
         --había 8 votos con sobre blanco homologado (municipales), pero cada sobre tenía una papeleta blanca del PP y una sepia, también del PP, ambas encabezadas por la misma persona (Jódar) porque optaba a Ayuntamiento y Asamblea Regional. El PP aportó jurisprudencia de la propia Junta Electoral Central y el Tribunal Constitucional, diciendo que quedaba clara la voluntad del votante de votar al PP = estos 8 votos fueron declarados válidos, y son los que le han dado al PP su concejal número 13.

         --A este respecto, Jódar afirma que el PSOE trató de validar 2 votos con papeletas falsificadas, a nombre del Partido Sauronil Oscuro Español, con candidatos extraídos del Señor de los Anillos, y que la Junta siguió considerando nulos

         9. El PSOE acaba de interponer ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia un recurso contra la resolución de la Junta Electoral Central. Algo que Jódar dice que respeta porque dicho partido está en su derecho.

         10. Al existir dicho recurso, el Ayuntamiento de Lorca no se podrá constituir el 13 de junio: el TSJ debe resolver antes del cuadragésimo día después de las elecciones, esto es, el 29 de junio. Y el Ayuntamiento se constituirá el 3 de julio.

         11. Tras la sentencia que emita el TSJ, los partidos aún podrían apelar al Tribunal Constitucional (TC). Sólo que esta apelación no paralizará la constitución del Ayuntamiento, ni su composición, que será la que sentencie el TSJ mientras no haya fallo del TC.

         Bueno; pues esto es lo que ha sucedido en Lorca, según su alcalde. Dos mesas cuyos datos no se pueden mandar a Murcia, una celebración anticipada... y luego la pelea legítima, voto a voto, hasta que los magistrados han decidido cuáles valen y cuáles no, según otros precedentes. Jódar pone varios ejemplos de validación de votos nulos: Carmona (Sevilla), Traspinedo (Valladolid), Ciudad Real.. algunos de ellos han perjudicado al PP beneficiando al PSOE o a Podemos.

         En cualquier caso: nueva corporación municipal en Lorca después del 3 de julio. Si el TSJ no falla otra cosa, será con mayoría absoluta del PP.


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